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Sede electrónica
18/06/2026 16:13:57  

OBRAS - Solicitud previa de licencia de obras subvencionadas por Next Generation


Objeto:
Este trámite le permite presentar una solicitud previa de licencia de obras subvencionadas por Next Generation, con la única finalidad de poder solicitar y obtener la correspondiente subvención, sin iniciarse ningún tipo de procedimiento ni generarse la liquidación de tasas y ICIO por parte del Ayuntamiento de Salou.

Una vez obtenida la subvención y/o conformidad de la misma, se tendrá que solicitar la correspondiente licencia de obras mediante el trámite habilitado al efecto en la sede electrónica.

IMPORTANTE: la presentación de esta solicitud no produce ningún efecto administrativo.

Forma de iniciación:
A solicitud de cualquier persona física o jurídica

Quién lo puede solicitar?:
Personas físicas o personas jurídicas (estas últimas: Electrónicamente, acreditando la representación)

Lugar y forma de presentación:
Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Registro (Preferentemente con cita previa en el registro de entrada)
P.º 30 de octubre, 4
43840 - Salou

Electrónicamente: En la sede electrónica https://seu.salou.cat

Periodo de presentación:
En cualquier momento antes del inicio de las obras

Plazo de tramitación:
No opera

Coste asociado:
Sin coste

Órgano responsable de la tramitación:
Servicios Administrativos Territoriales del Ayuntamiento de Salou.

Silencio administrativo:
No opera

Tramitación telemática:
En caso de tramitación telemática, no es necesario que la persona interesada firme electrónicamente los documentos pdf que adjunte a este registro. Los documentos quedarán firmados automáticamente en el momento de finalizar el registro electrónico. El Ayuntamiento de Salou podrá requerir la acreditación de los documentos originales si se cree conveniente.

Personas obligadas a tramitar telemáticamente:
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas las siguientes personas:
- las personas jurídicas
- las entidades sin personalidad jurídica
- las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiere colegiación y actuen en ejercicio de esta actividad
- los representantes de una persona obligada


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