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Sede electrónica
03/10/2023 01:58:02  

Solicitud prórroga de la licencia


Objeto:
Este trámite le permite solicitar la prórroga de la licencia de obras mayores y menores otorgadas.

La solicitud deberá presentarse antes de que haya transcurrido el plazo otorgado para la finalización de las obras y ésta deberá estar justificada e indicar el porcentaje que falta para finalizarlas.

En ningún caso podrá otorgarse una prórroga de licencia una vez agotado el plazo para finalizar las obras. Entonces se deberá solicitar una nueva licencia.

Forma de iniciación:
A solicitud de las personas interesadas.

Quién lo puede solicitar?:
Personas físicas: Presencialmente o Electrónicamente
Personas jurídicas: Electrónicamente (Acreditando la representación)

Lugar y forma de presentación:
Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Registro (preferentemente con cita previa en el registro de entrada)
P.º 30 de octubre, 4
43840 - Salou

Electrónicamente: En la sede electrónica https://seu.salou.cat

Periodo de presentación:
En cualquier momento, antes de que se haya agotado el plazo otorgado para finalizar las obras.

Plazo de tramitación:
Coste asociado:
Según Ordenanza fiscal número 10.

Órgano responsable de la tramitación:
Servicios Administrativos Territoriales del Ayuntamiento de Salou.

Silencio administrativo:
No opera.

NOTA: Una vez solicitada la prórroga de la licencia, siempre que sea antes de que se agote el plazo de finalización de la licencia otorgada, se pueden continuar las obras. En caso contrario, no se podrán continuar las obras y deberá solicitarse nueva licencia para su finalización.

Observaciones:
Condiciones
1) La prórroga solicitada se otorga por la mitad del plazo fijado en la licencia de obras para finalizarlas.

2) Esta prórroga de licencia de obras solicitada estará sujeta a las mismas condiciones particulares y generales que la licencia de obras otorgada por la que se solicita prórroga para su finalización.

3) La prórroga solicitada caducará en el supuesto de no continuar las obras dentro del plazo indicado en la condición 1) citada anteriormente.

Tramitación telemática:
En caso de tramitación telemática, no es necesario que la persona interesada firme electrónicamente los documentos pdf que adjunte a este registro. Los documentos quedarán firmados automáticamente en el momento de finalizar el registro electrónico. El Ayuntamiento de Salou podrá requerir la acreditación de los documentos originales si se cree conveniente.

Personas obligadas a tramitar telemáticamente:
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas las siguientes personas:
- las personas jurídicas,
- las entidades sin personalidad jurídica,
- las personas que ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación y actúen en ejercicio de esta actividad,
- los representantes de un sujeto obligado.


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