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Sede electrónica
15/01/2025 07:31:23  

Licencia tala arboles en finca privada


Objeto:
Este trámite le permite solicitar la licencia para la tala de árboles en una finca privada.

Para la poda de ramas de árboles y vegetación, considerada como tarea de mantenimiento, no es necesario pedir permiso. No obstante, en caso de que para llevar a cabo esta tarea sea necesario ocupar la vía pública, deberá solicitarse la correspondiente autorización de ocupación de vía pública a la Policía Local.

Forma de iniciación:
A solicitud de las personas interesadas a través de la Sede Electrónica seu.salou.cat o presencialmente en la OAC del Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar?:
Personas físicas o personas jurídicas (estas últimas: Electrónicamente, acreditando la representación)

Lugar y forma de presentación:
Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Registro (Preferentemente con cita previa en el registro de entrada)
P.º 30 de octubre, 4
43840 - Salou

Electrónicamente: En la sede electrónica https://seu.salou.cat

Periodo de presentación:
En cualquier momento antes de la tala.

Plazo de tramitación:
1 mes.

Coste asociado:
105,65€

Órgano responsable de la tramitación:
Servicios Administrativos Territoriales del Ayuntamiento de Salou.

Silencio administrativo:
Positivo.

NOTA: De acuerdo con el artículo 5.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo, en ningún caso se podrá entender cómo adquirido por silencio administrativo facultades urbanísticas que contravengan esta Ley o el planeamiento urbanístico.

Observaciones:
Condiciones Generales:
1) En el caso de que sea necesario ocupar la calzada con elementos auxiliares en la obra (bastidas, contenedores, plataformas elevadoras u otros) será necesario solicitar licencia de ocupación de la vía pública.

2) En el supuesto de que el Técnico lo determine, se deberá proceder a la reposición del árbol o árboles talados. Para garantizar esta reposición se deberá constituir una fianza.

Tramitación telemática:
En caso de tramitación telemática, no es necesario que la persona interesada firme electrónicamente los documentos pdf que adjunte a este registro. Los documentos quedarán firmados automáticamente en el momento de finalizar el registro electrónico. El Ayuntamiento de Salou podrá requerir la acreditación de los documentos originales si se cree conveniente.

Personas obligadas a tramitar telemáticamente:
De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas las siguientes personas:
- las personas jurídicas,
- las entidades sin personalidad jurídica,
- las personas que ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación y actúen en ejercicio de esta actividad,
- los representantes de un sujeto obligado.


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