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Sede electrónica
04/10/2024 07:51:07  

Volante de empadronamiento colectivo


Objeto:
IMPORTANTE!!!
Cuando realicen la tramitación electrónicamente deben adjuntar la instancia de solicitud que encontraran en la parte inferior de este trámite, debidamente cumplimentada y firmada, así como los documentos de identidad de los empadronados en el domicilio y libro de familia donde consten los menores, si estos no disponen de documento de identidad.
Si tienen algún problema para adjuntar los documentos envíenlos al correo de: estadistica@salou.cat insertándolos en el texto del mensaje (pegar imagen), ya que, por motivos de ciberseguridad, no podemos recibir archivos adjuntos.


Es un documento informativo que acredita donde y con quien está empadronada una persona en Salou.

Para que en el volante aparezcan los datos de todas las personas empadronadas en el domicilio hace falta su autorización. En caso contrario, en el volante sólo constará el número de personas que están empadronadas, pero no sus datos. (Apartado 8.1.1 del Anexo de la Resolución de 16 de marzo de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, BOE nº 71 de 24 de marzo de 2015). En el caso de personas menores de edad o personas incapacitadas legalmente, tiene que autorizar el representante legal (pare, madre o tutor legal), que conste empadronado con la persona menor de edad o incapacitada.
Quién lo puede solicitar?:
Persona interesada mayor de edad que conste empadronada en la vivienda.

Cualquier persona física mayor de edad, con la autorización expresa de las personas interesadas.
En cualquier caso, para la expedición de volantes comprensivos de la totalidad de las personas inscritas en un mismo domicilio se tiene que disponer del consentimiento de las mismas para la cesión de los datos padronales

Forma de iniciación:
A solicitud de la persona interesada.
Periodo de presentación:
Durante todo el año
Presentación:
Presencial

De forma electrónica, únicamente lo podrá solicitar el interesado mayor de edad con un certificado electrónico válido o con el IdCAT Móvil, mediante este procedimiento.

Si se opta por la tramitación telemática se debe adjuntar, en formato pdf, copia de la documentación a aportar, relacionada en este mismo trámite, sin perjuicio que el Ayuntamiento de Salou pueda requerir la acreditación de los documentos originales si se cree conveniente.

Plazo de tramitación:
Inmediata
Coste asociado:
Gratuito
Unidad tramitadora:
Unidad de Estadística y Padrón.
Observaciones:
Documentación a aportar

- Modelo de "Solicitud volantes y certificados de empadronamiento colectivos / Consentimiento para la cesión de datos padronales". (Vea el apartado impresos).
- DNI, NIE o pasaporte de la persona autorizada a hacer el trámite.
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de las personas que autorizan.
- Menores de edad: Fotocopia del libro de familia/certificado literal de nacimiento o DNI/NIE/pasaporte, si tienen.
- Mayores incapacitados: Fotocopia de la sentencia judicial que acredite la representación y del documento de identidad del incapacitado.

Leyes

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el cual se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dictando instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
- Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal.
- Resoluciones del Consejo de Empadronamiento

Tramitación telemática:
La documentación presentada a través de la Sede electrónica debe estar firmada electrónicamente, con certificado digital u otro medio admitido que acredite la autenticidad e inalterabilidad del documento, por todas las personas afectadas por el procedimiento de que se trate. La digitalización o escaneo de una firma manuscrita no se consideran válidos en los procedimientos de administración electrónica.

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